Una de las preguntas más comunes en una comunidad de vecinos tiene que ver con a partir de cuántos pisos se requiere ascensor. Actualmente son muchos los edificios antiguos que desean instalar un ascensor para una mejor movilidad de sus residentes y que, por tanto, se hacen esta pregunta. Además del número de pisos, hay que tener en cuenta que existen otros requerimientos para la instalación de ascensor.
A partir de cuántos pisos se requiere ascensor: qué dice la normativa
Según el Reglamento Nacional de Edificaciones, en su norma A.010, establece que la instalación de ascensores en edificios es obligatorio siempre y cuando haya un nivel de circulación común de 12 metros lineales sobre el nivel de ingreso desde la vereda. Esto supone que a partir de cinco pisos es obligatorio instalar al menos un ascensor en el edificio.
Una normativa que se hace especialmente destacada en edificios públicos, a los que acuden personas de la tercera edad y con capacidades distintas.
Una vez determinada la obligatoriedad, es importante conocer cuál es el número de ascensores mínimos con los que debe contar un determinado edificio. Pues bien, para su cálculo se tienen en cuenta diversos aspectos relacionados con el propio edificio: destino, número y altura de pisos, área útil de cada piso, número de residentes y tecnología a emplear. Además, se consideran algunos factores vinculados con el propio ascensor: dimensiones, capacidad y velocidad.
Para poder llevar a cabo un proyecto de estas características es importante asesorarse adecuadamente y contar con un proyecto elaborado y aprobado. Ahora que conoces a partir de cuántos pisos se requiere ascensor, en Multielevación podemos ofrecerte tanto ascensores como un amplio abanico de soluciones alternativas para edificios de menor altura y también ascensores para viviendas unifamiliares: plataformas salvaescaleras, elevadores verticales, etc. Estamos especializados en la eliminación de barreras arquitectónicas y urbanísticas.